19/02/18 BOP SEVILLA VALENCINA APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 1262/2017


Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.

Número 41

Página nº 38

Lunes 19 de febrero de 2018

 

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

 

El Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla), en sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero de 2018, acordó:

 

«Visto que existen gastos de inversión, para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es in­suficiente y no ampliable.

 

Visto que con fecha 13 de noviembre de 2017, se emitió Memoria del Alcalde en la que se especificaban la modalidad de mo­dificación de crédito, la financiación de la operación y su justificación.

 

Visto que con fecha 14 de noviembre de 2017, se emitió informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

 

Visto que con fecha 5 de enero de 2018, se emitió Informe favorable por la Intervención municipal, a la propuesta de Alcaldía.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, quien suscribe propone al Pleno la adopción de los siguientes:

 

Acuerdos:

                                     

Primero.—Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos número 1262/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a una operación de crédito a largo plazo, como sigue a continuación:

 

Altas en aplicaciones de gastos

 

Aplicación  Descripción                                      Importe

332.1 622   Construcción biblioteca municipal 940.000,00


 

Esta modificación se financia con cargo a una operación de crédito, en los siguientes términos:

 

Aplicación  Descripción          Importe

911             Préstamo a l/p     940.000,00


 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

 

a. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

 

b. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

 

Segundo.—Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el «Boletín Oficial» de la provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas».

 

En Valencina de la Concepción a 5 de febrero de 2018.—El Alcalde–Presidente, Antonio Manuel Suárez Sánchez.

 


 

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