13/06/16 EUROPA PRESS Maeztu cierra queja de oficio tras aplicarse "criterios correctivos" al proyecto del carril bici en Valencina


Maeztu cierra queja de oficio tras aplicarse "criterios correctivos" al proyecto del carril bici en Valencina

 

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha cerrado una queja de oficio abierta a finales del pasado año para conocer los proyectos "definitivos" para la conservación del entorno de las tres tumbas megalíticas descubiertas en Valencina de la Concepción (Sevilla) tras comprobar la aplicación por parte de los arqueólogos de los "criterios correctivos" respecto al proyecto del carril.

SEVILLA, 13 (EUROPA PRESS)

Cabe recordar que estos vestigios arqueológicos fueron descubiertos con motivo de las obras del carril bici que conecta Valencina y Castilleja de Guzmán. En la actualidad, el yacimiento ha sido cubierto con 70 centímetros de materiales inertes a la espera de una intervención arqueológica en profundidad.

En el texto de la resolución, consultada por Europa Press y emitida el pasado mes de mayo, Maeztu señala que con fecha del nueve de octubre de 2015 el delegado Territorial de Cultura, Turismo y Deporte dictó una resolución en la que, primero, "se autoriza la intervención entre los puntos kilométricos 0+760 y 0+810 de la ciclo senda entre Castilleja de Guzmán y Valencina de la concepción, según proyecto de demolición y soterramiento en la zona de restos arqueológicos, promovido por la Diputación de Sevilla".

El segundo punto de la citada resolución, según Maeztu, indica que en el transcurso de los trabajos "se realice la supervisión por parte de la arqueóloga directora de la actividad arqueológica en curso y del inspector de la misma, con objeto de que se garantice en todo momento la conservación y protección de las estructuras funerarias, conforme a lo ya ordenado en la resolución de 27 de marzo de 2015 del delegado Territorial del Educación, Cultura y Deporte sobre las medidas a adoptar en relación con los restos arqueológicos".

Además, la Defensoría señala que según consta en el Libro-Diario de la intervención arqueológica, entre los días 12 y 16 de octubre de 2015 se realiza "la cubrición con geotextil áridos toda la zona del yacimiento y se deja preparada la cuneta de recogida de aguas pluviales, dándose por terminadas en esa misma fecha las actuaciones de demolición de muros de obra ejecutados y de soterramiento de los restos tal y como se indicaba en las resoluciones de esta Delegación Territorial".

Igualmente, la Institución del Defensor indica que la Diputación entiende que "en este caso se han producido un buen número de informaciones alarmistas e inexactas, que en buena medida respondían al desconocimiento de las circunstancias de los apartados a) y b) del punto 1, sin perjuicio de la propia presión ambiental que se produce frecuentemente en torno a cualquier descubrimiento arqueológico".

Además, "en estos casos suelen confluir por un lado, las legítimas expectativas y peticiones para una inmediata puesta en valor y para demandar mayores recursos; por otro lado, la lógica necesidad de ser realista y asegurar niveles de protección y conservación coherentes para todo un territorio; y por último, las estrategias particulares destinadas a aumentar el nivel de atención y control sobre el caso concreto, generando --de forma intencionada o no-- suspicacias respecto a daños o perdidas patrimoniales".

En cualquier caso, puntualiza la Diputación de Sevilla, según el Defensor, "el surgimiento sobrevenido de un yacimiento en el marco de una obra en ejecución, siempre tiene una dificultad de gestión notable, y conlleva la puesta en marcha de operaciones y decisiones complementarias que a su vez también requieren el cumplimiento de unos procedimientos".

Por tanto, el Defensor del Pueblo Andaluz afirma que a la vista de las informaciones anteriores, "ha comprobado la intervención de la autoridad cultural a través de los técnicos arqueólogos que han aplicado sus criterios correctivos respecto del proyecto de carril y de sus correcciones". De este modo, añade que procede concluir las actuaciones y proceder al cierre de la queja abierta de oficio, "sin perjuicio de retomarlas cuando las circunstancias lo requieran", concluye.


 

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