Castilleja de Guzmán
El TSJA da diez días para que se ponga fecha al derribo de la escuela de hostelería
En un auto, la Sala aclara las
dudas que le planteó el alcalde y dice que hay que tirar el edificio entero.
T. Perdiguero ,
Castilleja de Guzmán | Actualizado 13.05.2015 - 07:23
El nuevo
alcalde o alcaldesa de Castilleja de Guzmán que salga de las elecciones del 24
de mayo se tendrá que enfrentar a una de las situaciones más difíciles que
encare el Ayuntamiento: la demolición de la escuela de hostelería y buena parte
de las instalaciones que se construyeron alrededor, que una sentencia del TSJA,
confirmada en 2014 por el Tribunal Supremo, declaró ilegales. En concreto,
tumbó la idea del Ayuntamiento y de la Junta de modificar el PGOU para
calificar como suelo de interés público y social la zona verde en la que se
iniciaron las obras. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha emitido un nuevo auto,
notificado ayer, en el que se da al Consistorio un plazo de diez días para que
informe del calendario de actuaciones con el que pretende acometer la actuación
y que identifique al funcionario o autoridad responsable de la ejecución de la
sentencia.
En el escrito, se aclaran además del todo las dudas que planteó el Ayuntamiento cuando los vecinos pidieron la ejecución forzosa. Así, se explica que las dos administraciones codemandadas, el Ayuntamiento y la Junta de Andalucía, son responsables de esa ejecución. Según Lourdes Caraballo, abogada y una de las vecinas denunciantes, ello implica que los costes se repartirán al 50%, aunque es el Ayuntamiento el que "materialmente" debe llevar a cabo no sólo las "obras de demolición", sino también las de "restauración" de toda la zona.
El alcalde, Carmelo Ceba, también pidió al TSJA que se aclarara si había que demoler todo el edificio y el nuevo auto no deja lugar a dudas: hay que proceder a la "demolición de las obras de construcción del edificio destinado a escuela de hostelería en su totalidad, sin distinción de parte alguna del mismo, ni de parte semienterrada que contenga gimnasio, aulas deportivas, vestuarios, aseos, almacén de material deportivo, vestuarios de piscina, cuarto de depuradoras, almacén de productos de piscina, etcétera". La demolición también afecta a las instalaciones municipales que se construyeron al aire libre en el entorno que superen los
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