12/11/14 EUROPA PRESS Pleno ordinario este jueves en Castilleja de Guzmán con el conflicto de la escuela de hostelería aún pendiente


Pleno ordinario este jueves en Castilleja de Guzmán con el conflicto de la escuela de hostelería aún pendiente

CASTILLEJA DE GUZMÁN (SEVILLA), 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán (Sevilla), gobernado por Carmelo Ceba (PSOE), celebra este jueves a las 20,00 horas un pleno ordinario, toda vez que la oposición había anunciado mociones a cuenta del conflicto que vive el municipio ante la sentencia del Tribunal Supremo que confirma un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que a su vez ordena demoler la escuela de hostelería construida años atrás.

Anastasio Oliver, portavoz municipal de IU-CA, había manifestado a Europa Press que las fuerzas de oposición; PP e IU-CA, ya aprovecharon el reciente pleno extraordinario sobre los presupuestos de 2014, para reprochar al alcalde el asunto, aunque Carmelo Ceba "eludió contestar". Anunciaba Anastasio Oliver, en ese sentido, que junto al PP introduciría de lleno el asunto en el siguiente pleno ordinario, que ha sido convocado para las 20,00 horas de este jueves.

ORDEN DE DEMOLICIÓN

 
   El TSJA ordenó demoler la escuela de hostelería tras el recurso de un colectivo de vecinos contra la aprobación definitiva, en 2009, de una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Castilleja en lo referente a la ordenación y nueva delimitación de las parcelas de espacios libres y equipamientos ubicadas entre las calles Álvarez Quintero y Gustavo Adolfo Becquer.

   Esta modificación del planeamiento urbano, impugnada por este colectivo vecinal, tenía como destino, según el fallo del TSJA, no los "intereses generales, sino intentar enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento" en lo que se refiere a la ordenación en la que se encuadraba el proyecto de escuela de hostelería, dado que los trabajos estaban ya en marcha cuando prosperó la modificación del planeamiento.

   Porque los 16.012 metros cuadrados dedicados a la escuela de hostelería, según la modificación de las normas subsidiarias de Castilleja aprobada en 2001, estaban inicialmente declarados espacios libres y se permitía sólo la construcción de instalaciones "al aire libre", quioscos, bares o equipamientos culturales al aire libre, siempre con una "mínima edificabilidad sobre rasante" y que no superen la mitad del suelo asignado a este uso o más del 0,4 por ciento de cada metro cuadrado.

NUEVAS DOTACIONES

 
   No obstante, la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial Urbanística, dependiente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, aprobó en 2009 una modificación de este planeamiento urbano para reordenar los usos de un total de cuatro parcelas de "espacios libres y equipamientos" dispersas por el municipio, con una superficie de 22.240 metros cuadrados, para acoger nuevas dotaciones como un centro de salud, una escuela de hostelería, un centro multifuncional y un equipamiento de carácter cultural.

   "Los referidos antecedentes son determinantes de que la modificación no obedeció a la búsqueda de los intereses generales, sino a intentar enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento", señalaba el fallo del TSJA ahora confirmado por el Supremo en una sentencia recogida por Europa Press.

   Asimismo, la sentencia recoge que la modificación urbanística en cuestión "no puede encontrar amparo jurídico" porque "no perseguía una finalidad racional de satisfacción de intereses generales (...), sino intentar legalizar una actuación urbanística". "En la parcela se infringió el orden jurídico urbanístico con la construcción realizada antes de la modificación del plan general" y "con la modificación no puede encontrar cobijo la actuación pues la finalidad de la modificación ha sido espuria", señala.

   El Supremo pone de manifiesto que el TSJA, en su sentencia, "razona por qué entiende que la modificación urbanística cuestionada no encuentra justificación en la reordenación de las parcelas de equipamientos y espacios libres ni en la reclasificación de suelo no urbanizable para integrarlo dentro del entramado de espacios libres", con lo que se ratifica la orden de demolición de la construcción.

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